Una zona franca es un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos beneficios tributarios, como la excepción del pago de derechos de importación de mercancías, así como exoneraciones de algunos impuestos o una diferente regulación de estos.
Muchos gobiernos de países establecen zonas francas en regiones apartadas o extremas, con el fin de atraer allí a mucha población generacional, y promover el desarrollo económico de la región.
En las zonas francas suelen crearse grandes centros de compra, y también se instalan con frecuencia, industrias maquiladoras, plantas procesadoras o almacenes especiales para la mercancía en tránsito. A veces esas zonas francas son llamados puertos libres, por una analogía con los puertos libres conocidos desde hace mucho tiempo: los puertos libres de tasas aduaneras o con regulaciones de tasas favorables; por ejemplo, el puerto libre de Trieste, a menudo los puertos libres son parte de las zonas económicas.
Territorio Aduanero Comunitario
Los depósitos francos, son locales mientras que las zonas francas son parte del territorio, que se encuentran en el TAC, pero separados de él y en los cuales las mercancías no comunitarias, para la aplicación de los derechos de importación y de las medidas de política comercial de importación, no se encuentran en territorio aduanero de la comunidad, siempre que, no se despachen a libre práctica, ni se incluyan en otro régimen aduanero, ni se utilicen o consuman en condiciones distintas de las establecidas en la normativa aduanera.
Las mercancías comunitarias, para las que una regulación específica lo prevea, se beneficiarán, tras su inclusión en los D.F. y en las Z.F. de las medidas relacionadas, en principio, con la exportación.
Las Zonas Francas estarán cerradas, y el perímetro y los puntos de acceso y salida estarán sometidos a supervisión aduanera.
Las personas, mercancías y medios de transporte que entren o salgan podrán ser sometidos a control aduanero.
El objetivo de establecer una zona franca consiste en impulsar el comercio y la actividad industrial exportadora, facilitando la eficiencia para así lograr una real disminución de costos y favorecer la inversión y el empleo.
Tanto la introducción como la salida de mercadería en la Zona Franca se considerarán como importación y exportación respectivamente. La permanencia de las mismas puede ser indefinida, pues no existe plazo para su extracción o retiro.
Las zonas francas contemplan generalmente:
✔ Exención de impuestos nacionales, provinciales y municipales o departamentales.
✔ Exención de derechos, tasas, contribuciones e impuestos a la exportación.
✔ Libertad cambiaria y derechos de repatriación de fondos en moneda extranjera provenientes de operaciones en la zona.
✔ Exención impositiva sobre el capital activo neto y / o ganancias y dividendos.
✔ Otorgamiento de líneas de crédito a tasas preferenciales para prefinanciar y financiar exportaciones.
✔ Exención de derechos aduaneros y de tasas y contribuciones a la importación de materia prima, insumos, productos para envases y embalajes, partes y piezas, máquinas y equipos, repuestos, muestras, moldes y todo otro elemento necesario para la producción.
✔ Obtención de créditos blandos de la banca oficial, sujetos o no a la compra de bienes nacionales, para la financiación del capital activo de las empresas industriales.
En la República Argentina, las leyes nro. 5142 y 8092 consideran a las zonas francas como instrumentos aptos para facilitar el comercio y la industria exportadora.
Con el auge de los sistemas informáticos y de los transportes y de las telecomunicaciones se facilitó el surgimiento de las zonas francas. En estos últimos años, las zonas francas en países poco desarrollados se convirtieron en una alternativa idónea para limitar la inmigración ilegal a países potencialmente ricos.
La ZONA FRANCA es un ámbito en el cual las mercancías no están sometidas al control habitual del servicio de aduanas y su introducción y extracción no están gravadas con el pago de impuestos o tributo alguno, salvo las tasas retributivas de servicios que pudieran corresponder, ni alcanzadas por prohibiciones de tipo económico, pues no constituye un Territorio Aduanero.
Si ensayamos una definición de Zona Franca diríamos que es un espacio del territorio nacional de un Estado, donde la legislación aduanera no es plenamente aplicable o se establece un tratamiento aduanero diferencial, es decir donde las mercaderías de origen extranjero pueden ingresar y permanecer, transformándose o no en otros bienes, sin estar sujetas al régimen tributario normal de ese Estado.
Las zonas francas pueden ser clasificadas como:
ZONA FRANCA DE ALMACENAJE
Recibe la mercancía sólo a la espera de un destino posterior. En ella, esta mercadería puede ser objeto únicamente de todas las acciones necesarias para conservarlas en buen estado y de manipulaciones comunes para mejorar su presentación, calidad comercial o acondicionarla para el transporte.
ZONA FRANCA COMERCIAL
Es aquella en la cual la mercadería además puede ser comercializada, utilizada o consumida.
ZONA FRANCA INDUSTRIAL
Tiene por objetivo la creación de complejos industriales transformadores de materias primas con cierta incidencia de materiales extranjeros.
¿Qué es una área aduanera especial?
ES AQUELLA EN LA CUAL:
- Los tributos que gravaran la importación para consumo y la exportación para consumo no excedieran el 75% de los que rigieren en el territorio aduanero.- No son aplicables prohibiciones de carácter económico
- Debe ser establecida por ley.
Por la Ley nro. 19640 se creó el Área Franca constituida por Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, excepción hecha del territorio nacional correspondiente a la Isla Grande de Tierra del Fuego.
Asimismo, se constituye el Área Aduanera Especial con el territorio nacional constituido por la Isla Grande de Tierra del Fuego comprendido en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
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